lunes, 29 de enero de 2018

¿Abuso de poder o tomadura de pelo?

¿Incumplimiento, frivolidad, abuso de poder y de desinformación Institucional frente a los más vulnerables o tomadura de pelo?





Hace tiempo que venimos detectando que en cuestión de apoyos sociales, de interpretaciones y cumplimientos legislativos en el ámbito de la emergencia social, la diversidad funcional y muy especialmente la Accesibilidad Universal dejan mucho que desear en nuestro municipio vallisoletano. 


No son pocas las ocasiones en que unas concejalías culpan a otras o por el contrario se produce el lamento de la escasa demanda del movimiento social cuando preguntamos, pero lo cierto es que al final unos por otros, la casa sin barrer. Y parte de razón tienen las partes cuando nos dan esos argumentos, pero eso no les exime de dos grandes realidades que engloban a todos en sí. 


1.- Las instituciones tanto públicas como privadas y sus propias áreas de competencia, no están aplicando la transversalidad que requiere una situación cada vez más apremiante.



2.- Políticos, técnicos y representantes sociales, lejos de empoderar a determinados colectivos los minusvaloran de una forma cada vez más vergonzante y dramática. 
 



Todavía recordamos las múltiples promesas electorales dirigidas a estos colectivos por parte de todos los partidos políticos con representación y poder en nuestro consistorio, que a lo más que están llegando es a demostrarnos que el papel todo lo aguanta.




Por eso entendemos, que en la medida de nuestras posibilidades, nuestro deber es contar y difundir lo que vemos en función de nuestra propia experiencia, con doble finalidad:




1.- Que la gente no crea todo aquello que se publicita.



2.- Que quienes tienen la obligación de actuar en coherencia son quienes viven de esto, al tiempo en que a muchos seres humanos nos limitan parte de nuestra dignidad y de calidad de vida.



Aquí os traemos un ejemplo de los muchos que tenemos por lo lamentable y vergonzante que nos parece. 

 




Desde la Plataforma Igualdad Social Valladolid mediante una de nuestros miembros, el pasado 14 de diciembre, presentamos petición de información a través de correo electrónico al Ayuntamiento de Valladolid respecto a la adquisición de 39 viviendas con destino de alquiler social del Ayuntamiento al que hacíamos las siguientes preguntas:

1.- ¿Qué procedimientos,  criterios, plazos, condiciones   y mecanismos  oficiales serán de aplicación para la  ciudadanía en situación de necesidad de cara a su alquiler y/o venta, si la hubiera?

2.- ¿Cual es la previsión desde el Consistorio de los tiempos de aplicación?

3.- ¿Son conforme a la legislación vigente en materia de accesibilidad dichas viviendas,  al menos practicables?

4.- ¿Cuántas de estas viviendas reúnen las condiciones de accesibles y adaptadas?

5.- ¿Se cumple con la reserva de al menos el 3% o fracción (siendo en este caso, al menos una de ellas) destinada a personas, además de en situación de vulnerabilidad social, en situación de discapacidad ? 

_____________




Tras informarnos desde la línea 010 que trasladan nuestra consulta a la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda, recibimos en días posteriores contestación desde la línea 010 nuevamente con la respuesta que desde esta sociedad municipal entendemos les trasladan, sin que aparezca identificación de departamento o servicio municipal o responsable legal de dicha respuesta, ni número de registro de consulta, como en otras ocasiones nos ha ocurrido y en la que nos trasladan lo siguiente:

De: "010" <010@ava.es>

Fecha: 27 dic. 2017 13:11
Asunto: Re: Sobre adquisición de viviendas para alquileres sociales
Para: "
msierrahoyos@gmail.com" <msierrahoyos@gmail.com>





Buenos días,



 En relación a su solicitud de información sobre adquisición de viviendas para alquileres sociales, de 15 de diciembre de 2017, le informo lo siguiente:



 -Las viviendas adquiridas en este año por esta sociedad en el término municipal de Valladolid, tienen la finalidad de ampliar el parque público de vivienda sociales  en régimen de alquiler. La adjudicación de las mismas se regula mediante el procedimiento recogido en el Protocolo de actuación de selección de arrendatarios de las viviendas gestionadas por la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda, S.L, que fue aprobado  por el Consejo de Administración de esta sociedad el 14 de junio de 2017.



- La presentación de solicitudes para  la selección de los posibles arrendatarios de viviendas finalizo el 4 de diciembre de 2017. Durante este mes y el de enero de 2018 se revisara la documentación presentada y se realizaran los requerimientos necesarios para completar la misma y así proceder a su valoración, según establece el Protocolo y a  la elaboración de la lista definitiva de arrendatarios.



Asimismo, y durante este tiempo se realizarán las obras necesarias en las viviendas adquiridas para que estas se encuentren en condiciones de poder ser ocupadas.



- Del total de las viviendas adquiridas un 38% son accesibles desde la vía pública y ninguna del total se sitúa por encima de la tercera planta si el edifico no dispone de ascensor. No existe a priori ninguna vivienda adaptada, pero las obras de adecuación, como ya ha sucedido en otras ocasiones, se pueden realizar a posteriori, una vez se haya asignado la vivienda a alguna persona que lo requiera.



Reciba un cordial saludo


Servicio de Información y Admon. Electrónica
Ayuntamiento de Valladolid



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Ante tales preguntas y tales respuestas, que a priori y sin reparar puede incluso resultarnos normal, pero no lo es, hoy solo nos cabe hacer más preguntas y con carácter público, a las que desde nuestro grupo hemos llegado. 
 

1.- ¿Es de recibo el manifiesto anonimato en la respuesta por parte de una empresa municipal cuya finalidad principal es dar cabida a una buena y mejorada gestión del área de urbanismo del Ayuntamiento de Valladolid? 
 

2.- Ante la respuesta literal “La adjudicación de las mismas se regula mediante el procedimiento recogido en el Protocolo de actuación de selección de arrendatarios de las viviendas gestionadas por la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda, S.L, que fue aprobado  por el Consejo de Administración de esta sociedad el 14 de junio de 2017.”




¿No habría sido lo idóneo la aportación vía envío de archivo adjunto de dicho protocolo que si bien, porque nos hemos molestado en buscarlo, fue aprobado por el Consejo de Administración de la sociedad el 14 de junio, es el mismo protocolo que se viene utilizando desde 2005 y modificado por última vez en 2013 y lo que finalmente nos ha llevado además a la conclusión de que contiene un fallo altamente discriminatorio para las personas con diversidad funcional?



Dentro de dicho protocolo si bien se pide como aportación documental para la valoración de necesidades la presentación de los pertinentes certificados oficiales de discapacidad , en modo alguno se hace mención a la obligación que ya en 2005 tenían a través de diferentes leyes de accesibilidad y de discapacidad de establecer unos cupos de reserva de viviendas adaptadas para personas con diversidad funcional, lo que sin duda denota una vez más que si nuestras instituciones, empresas públicas, técnicos y políticos no aplican el rigor en el cumplimiento legislativo, no avanzaremos demasiado.



3.- Respecto a la respuesta, no vamos a discutir el tema de los plazos, porque sería absurdo por nuestra parte, pero si que queremos llamar la atención, advirtiendo aunque no tenemos prueba demostrable para ello, que los criterios de selección, no son siempre todo lo imparciales que deberían; y decimos esto en estos términos, porque de los casos que hemos podido conocer, el miedo a la visibilidad y denuncia de algunas personas en situación de necesidad apremiante, nos resulta conocido de primera mano y no solo en este tema, sino además en otros temas de ayudas sociales donde la desinformación e incluso falta de apoyo, en ocasiones, afortunadamente no siempre, se convierten en abuso.



4.- Respecto al texto recibido donde dice textualmente: “Del total de las viviendas adquiridas un 38% son accesibles desde la vía pública y ninguna del total se sitúa por encima de la tercera planta si el edifico no dispone de ascensor. No existe a priori ninguna vivienda adaptada, pero las obras de adecuación, como ya ha sucedido en otras ocasiones, se pueden realizar a posteriori, una vez se haya asignado la vivienda a alguna persona que lo requiera.” Nos cabe destacar a la par que nos parece muy grave la negligencia, desidia y desconocimiento legislativo de quien nos responde que sin duda va mucho más allá de quien responde sino de quienes de forma política y técnica están obligados a dar cumplimiento a los criterios de Accesibilidad Universal en los términos tanto legislativos, como reglamentarios que deberían conocerse y aplicarse.



Que solo el 38% de las viviendas adquiridas sean accesible desde la vía pública, significa que a nuestro consistorio le importan poco o nada el cumplimiento legislativo a que viene obligado tanto con carácter internacional a través de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, como la Ley General de Discapacidad y a su vez, la Ley autonómica de Accesibilidad o el Plan de Acción para personas con discapacidad, recientemente aprobado en nuestras cortes autonómicas, pero que a mayores entiendan cumplida su obligación con que ninguna del total de viviendas que presumen potencialmente destinadas a personas con discapacidad, donde no exista ascensor se sitúa por encima de la tercera planta y reconociendo a su vez que no existe ninguna vivienda adaptada, en base a Ley, nos parece además de un alarde de ignorancia, una auténtica burla.



Si nuestros políticos, técnicos, representantes sociales e institucionales, no son capaces de tomarse en serio su responsabilidad en hacer posibles todos y cada uno de nuestros derechos, no solo nos llevarán una vez más a sentirnos solos sino que nos obligarán a no confiar en ellos y a no creerlos.



Dicho esto, nos preguntamos ante la abrumadora respuesta ¿esto qué es: incumplimiento, frivolidad, abuso de poder y de desinformación Institucional frente a los más vulnerables o tomadura de pelo?



Valladolid 29 enero 2018

Plataforma Igualdad Social Valladolid.





















 

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